
Vende alimentos preparados
Vender alimentos preparados en tu negocio puede abrirte a un mercado más amplio de clientes pero, ¿sabes cuáles son los riesgos de venderlos?
Los alimentos preparados son un apartado muy atractivo para atraer nuevos clientes a tu negocio, aunque existen normas que debes conocer antes de aventurarte a venderlos. A continuación, te dejamos toda la información.
Primera decisión
La ubicación de tu negocio debe ser determinante para decidir si vendes o no alimentos preparados. Si se encuentra cerca de oficinas o escuelas, es una gran oportunidad, ya que, tanto los oficinistas como los niños son clientes potenciales que pueden comprar estos productos, con la ventaja de que están preparados, listos para llevar o “ir comiendo”.
Lo que puedes vender
Puedes aventurarte a vender desde lo más básico, como tortas o sandwiches, hasta opciones más elaboradas como quesadillas, sincronizadas, cuernitos, hot dogs, hamburguesas, molletes o ensaladas. Si tienes la oportunidad, existen más alimentos que se pueden consumir en frío y regularmente tienen buena aceptación, como el sushi, los famosos dorilocos, empanadas o burritos. ¡Sólo dale rienda suelta a tu imaginación!
Gastos correspondientes
Debes calcular bien los gastos que va a conllevar esta decisión. Probablemente vas a necesitar un horno de microondas para preparar sopas instantáneas y palomitas de maíz. Además, si decides hacer cierto producto, debes calcular el costo por unidad para poder establecer un precio realista que te genere ganancias, pero que tampoco sea tan elevado. Recuerda que tus clientes buscarán calidad y precios accesibles.
No todo es color de rosa
Todo suena muy bien por ahora, pero, debes saber que desde el año 2015 entró en vigor una ley que dicta que los establecimientos como tiendas de conveniencia, minisúpers o abarrotes, deben gravar con el 16% del IVA a los alimentos preparados. Impuesto que aplica tanto para los alimentos preparados, como para los alimentos preparados para su consumo en el lugar de su enajenación. Esto deja claro que la sola combinación de productos ya se considera un alimento preparado. Omitir estos impuestos puede generarte multas, así que ¡aguas!
La lista
Los alimentos que aplicarán la tasa del 16% de IVA al comercializarse, son los siguientes:
- Sándwiches o emparedados.
- Tortas, chapatas, pepitos, baguettes, paninis o subs.
- Gorditas, quesadillas, tacos, flautas, sincronizadas o gringas.
- Burritos, envueltos, rollos y wraps.
- Croissants o cuernitos.
- Bakes, empanadas o volovanes.
- Pizzas y focaccia.
- Guisos y discadas.
- Hot dogs y banderillas.
- Hot cakes.
- Alitas.
- Molletes.
- Hamburguesas.
- Bocadillos o snacks.
- Sushi.
- Tamales.
- Sopas instantáneas.
- Nachos.
Ponte atento
Si realizas la venta de estos productos, sin importar el tipo de establecimiento en donde los comercialices (tengas o no un lugar destinado para el consumo de los mismos), o si estos son para llevar o de entrega a domicilio, dichos alimentos se encuentran gravados a la tasa del 16% de IVA.
¡Ahora ya lo sabes! Realiza un balance general sobre si te conviene vender este tipo de alimentos en tu negocio para generar más ingresos, o si te quedas con los productos tradicionales. Recuerda que, ¡el que no arriesga, no gana!
¿Qué te pareció esta nota? Déjanos tu comentario y recuerda unirte a la Red Abarrotero para ser parte de la RED más grande de tenderos. Síguenos también en nuestras cuentas de Facebook, Twitter e Instagram para tener, de primera mano, toda la información que compartimos.
You must be logged in to post a comment.